LAS COMUNAS
El
Poder Popular
“El socialismo se hace
solamente con el trabajo humano, no es una creación milagrosa, ni es un
resultado exclusivo de la conciencia, es
resultado del trabajo humano”.
Ernesto “Che Guevara”
En Venezuela,
el poder popular tiene su epicentro, su espacio jurídico y filosófico en el
corazón de la propuesta revolucionaria de instaurar el Estado Socialista del
Siglo XXI, inspirado en el cambio unísono con el desarrollo del país, para
transformar nuestra nación venezolana. Esto no es fácil, es un largo, paciente
y duro trabajo, no es algo que responda a una forma milagrosa y emotiva,
tampoco puede ser logrado por educar con libros de texto y repeticiones, sino
más bien con una educación humanista, inclusiva y plena de saberes cotidianos
que preparen al hombre para lidiar con las miserias humanas, tocar la mente y
el corazón de aquellos que desconocen o viven ajenos a la identidad colectiva.
El poder popular se vincula a través de
varias leyes:
ü La Ley del Poder Popular: impulsar los medios
de participación ciudadana para consolidar el poder popular.
ü Ley de Contraloría:
promover la acción directa de los ciudadanos y las ciudadanas en las funciones
de vigilancia, seguimiento, acompañamiento y control de la gestión pública
ü Ley del Sistema Económico Comunal: Promover
relaciones sociales de producción, distribución, intercambio y consumo de
bienes, servicios y saberes, desarrolladas por las comunidades bajo formas de
propiedad social al servicio de sus necesidades de manera sustentable y
sostenible.
ü Ley de lasComunas: Promover
entidades locales socialistas que tienen como propósito desarrollar los
principios de soberana y participación protagónica, mediante el autogobierno y
la edificación del Estado Comunal.
ü Ley de Planificación:
Desarrollar la planificación a través de las diferentes instancias como:
consejos comunales, consejos locales, consejo federal de planificación de
políticas públicas. De modo que, se coordinen las acciones, proyectos y
programas según las necesidades reales de las comunidades.
Puede
observarse que existe un ordenamiento jurídico que se ha desarrollado a partir
de la creación de los consejos comunales y en la búsqueda de terminar con los
vacios y vicios que dejó la primera Ley de Consejos Comunales. La Ley de las
comunas busca el desarrollo endógeno de las comunidades para potenciarlas y
posteriormente llegar al Estado Comunal que sería el modelo productivo
socialista.
En Venezuela lo que sustenta la democracia
participativa surge por el interés del presidente de la república por darle el
valor necesario al poder popular mediante organizaciónes sociales, las cuales
se denominarían Consejos Comunales, lo que la antes menciona ley define como:
…“instancias de
participación, articulación e integración entre las diversas organizaciones
comunitarias, grupos sociales y los ciudadanos y ciudadanas que permiten al
pueblo organizado ejercer directamente la gestión de políticas públicas y
proyectos orientados a responder a las necesidades y aspiraciones de las
comunidades en la construcción de una sociedad de equidad y justicia social.”
Ahora bien, para llegar a consolidarse en el país
una democracia participativa, entiéndase esta como el sistema de gobierno en el
que los ciudadanos son sujetos activos y protagonistas de su propio destino, lo
que garantiza que la acción de los Poderes Públicos esté a su servicio. Es
igualmente una nueva forma de relación entre el Estado y los ciudadanos, en la
que la democracia de los partidos es sustituida por la participación
protagónica de la ciudadanía. Por lo tanto, para que pueda existir una
democracia participativa, el pueblo debe ser artífice de su propio desarrollo y
participar en la construcción de su propio destino.
Las
Comunas
Históricamente las comunas son primitivos espacios
de organización utilizadas por las sociedades indígenas, de modo que han sido
probadas antes de nuestro tiempo y en ella se encuentran armoniosas relaciones
culturales y con la naturaleza, también, se conocen las debilidades y
potencialidades de ellas, lo cual nos da la ventaja de rediseñarlas en la
aplicación de un nuevo modelo apropiado a nuestras necesidades y recursos.
Estas pueden definirse según cita Urdaneta (2013) a Corena como: “Un territorio socio-productivo rural o
urbano de poder, autogobierno y de organización de la economía”. Es decir
un espacio de convivencia existente en una comunidad organizada y con ejercicio
directo de la democracia, pero que en un sentido es socialista, pues es un
esfuerzo mancomunado. Siendo este último un factor político de las
organizaciones comunitarias que en el conviven y por ende, es un esfuerzo
integrador de estos actores.



